100 casos ganados Por defectos en las notificaciones administrativas

 

Recensión

100 casos ganados

Por defectos en las notificaciones administrativas

 

Sobre el título

Pocas veces un título nos dice tanto de un libro. No hace falta, en este caso, acudir al índice para saber lo que vamos a encontrar. Un problema, otro problema y otro… hasta cien.

Porque en eso se han convertido las notificaciones en nuestro procedimiento administrativo. En el talón de Aquiles del sistema. 100 casos ganados a la Administración notificadora sin llegar a saber si esa actuación administrativa, la que era objeto del acto de notificación, era correcta o no.

En esta obra encontraremos un catálogo de hasta 35 supuestos en los que tribunales han entendido que la notificación, en la forma en la que se ha practicado, no cumple con los requisitos establecidos para ello y que, por tanto, no se puede entender que se haya materializado ese acto de comunicación entre Administración e interesado.

 

Un libro para todos

Porque tampoco debemos dejarnos engañar (llevar al equívoco por el título). 100 casos ganados permiten hacerse a la idea de aquellos supuestos (típicos o prototípicos) en los que la notificación no se practica en la forma adecuada. Pero lo normal es que la notificación surta los efectos buscados por el ordenamiento porque se realice como establecen, de manera general (pero no única), los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El autor, en la presentación que hace de su contenido se dirige a quienes, como él, ejercen la profesión de la abogacía. Pero no son ellos los únicos destinatarios de una obra que ahorra al profesional la búsqueda de los casos, de los diversos precedentes, en los que los Tribunales han entendido que no puede entenderse practicado el necesario trámite de la notificación.

El sistema en el que nos movemos es común para todos nosotros, es decir, para los distintos tipos de profesionales jurídicos. Los supuestos que se nos ofrecen, la riqueza casuística que se pone a nuestra disposición, la clasificación sistemática, el entregar varias resoluciones judiciales para cada uno de esos diferentes supuestos controvertidos nos permite a todos, y no solo a quienes ejercen la abogacía, comprender el escenario en el que la Administración ha de poner en conocimiento del interesado las actuaciones practicadas.

No es un libro de abogados. No es un libro solo de abogados. La Administración, que en la mayoría de los casos realiza las notificaciones adecuadamente (conforme a Derecho) también tiene ante sí una obra que, al sistematizar los errores (e incluso horrores) de comunicación al interesado le permite ser consciente de cuándo tiene que parar porque no ha cumplido con la norma. Ambas partes, quienes emiten y quienes reciben las notificaciones, son destinatarios de una obra, como es esta, que permite valorar si un caso concreto de notificación cumple con los requisitos legalmente establecidos.

Desterremos el tópico de que un libro se dirige a una parte de quienes actúan en el escenario jurídico. Cuando un libro está bien hecho debe contener toda la información que resulta precisa para que esos que hemos dado en llamar operadores jurídicos, cualquiera de ellos, pueda valorar si su caso, en sus concretas circunstancias, es viable o, como se dice ahora, tiene recorrido jurídico.

 

Un buen libro

Si hablamos de notificaciones administrativas, como es el caso, hemos de partir de una premisa de carácter cuantitativo: las Administraciones públicas practican en nuestro país, al cabo del año, millones de notificaciones. Muchas bien. Otras mal.

Cuando una notificación está bien realizada, que es lo normal y esperable, nada hay que discutir. De hecho, en muchas ocasiones, quien ha sido bien notificado pretende cuestionar que no ha sido así y, en esos casos, el resultado suele ser el esperado. Es la consecuencia lógica al cumplimiento de las normas. Es cierto, se podría hacer un libro sobre ello. Es más, habría materiales para hacer una obra enciclopédica. Sería un alarde de rectitud tan extenso como inútil. Ningún interés tendría un compendio que llevara por título las 100.000 notificaciones bien realizadas.

El interés está en lo contrario. Y sostengo, como ya he señalado, que la utilidad para todos los que nos dedicamos a esto se encuentra en la búsqueda de aquellas circunstancias que hacen que no se puede tener por realizado (por bien practicado) un acto de notificación.

Y eso es lo que nos encontramos en el presente caso. Con una obra útil. Con un compendio de información clasificada que reúne ejemplos suficientes en menos de 200 páginas. Tampoco es preciso llenar folios sin necesidad de hacerlo. Porque una de las mayores generosidades con nuestro tiempo sigue siendo la de no escribir lo superfluo.

 

Porqué es un buen libro

La respuesta breve es sencilla. Es un buen libro porque es útil. Pero esta respuesta nos plantea, a su vez, otra pregunta. ¿Por qué es útil este libro?

Es útil porque en esta obra confluyen una serie de características y circunstancias.

En primer lugar, porque nos encontramos (y el autor se enfrenta) a un tema masivo ya que las Administraciones públicas dictan millones de actos que han de ser comunicados a los interesados en esas actuaciones que tienen el derecho a conocer esa actividad.

A ello se une, en segundo lugar, que a ese derecho a conocer hay que darle forma, lo que supone la existencia de un procedimiento (en puridad procedimientos, y ese es otro problema) que la Administración tiene que cumplir. Procedimiento que no es único y que depende, entre otras cosas, de la naturaleza de los sujetos afectados y de los diferentes cauces establecidos para poner en conocimiento del interesado esa actuación administrativa.

Lo que nos ubica, en tercer lugar, en el procedimiento administrativo. En la forma de actuar, esto es, en la forma y su importancia como garantía. Las condiciones generales para la práctica de notificaciones, el cauce de las notificaciones (en papel o electrónicas), los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones públicas, qué sucede cuando no se puede practicar la notificación en la forma establecida (notificaciones infructuosas) y los sistemas que, en su caso, se establecen como alternativos.

Y todo ello nos lleva, como cuarto nivel, a la práctica con toda la riqueza casuística que en ella podemos encontrar.

Es a partir de ahí donde empieza el trabajo del jurista y su labor de búsqueda, clasificación y sistematización que, en nuestro caso, ha llevado a un abogado a ponerse al borde del caudaloso río de los órganos judiciales a buscar sus pepitas preciosas que, en su caso, eran supuestos en los que los tribunales han considerado que la notificación no se había realizado en la forma correcta y que, por lo tanto, debía tenerse por no practicada.

En su búsqueda y sistematización ha encontrado casos en los que el problema estaba en la identificación del domicilio del receptor de la notificación, en otros por la incorrecta identificación de la persona que recibía esa notificación o por la falta de identificación de quienes intervenían en ese proceso.

Tampoco faltan los supuestos en que el problema es que no se cumple con el procedimiento establecido para la práctica de las notificaciones en papel (y los requisitos establecidos sobre ello en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Es un libro útil porque asocia supuestos problemáticos en torno a los diferentes elementos que conforman el proceso de notificación como son sujetos, requisitos, lugares, medios, omisiones, quién recibe la notificación, en qué momento, cómo queda documentada la recepción de esa notificación en el expediente… y es valioso para todos lo que pueden intervenir en el proceso, no solo para los profesionales de la abogacía, también para quienes en la Administración tramitan expedientes y, en determinado momento, se enfrentan a una duda (como nos pasa a todos) en cuanto a si una concreta notificación en unas específicas circunstancias puede entenderse practicada o si, por el contrario, no está claro que se haya cumplido con el procedimiento establecido para ello.

 

Y más que una conclusión un pronóstico

La obra rezuma utilidad y, por ello, no es mucho aventurar el decir que, con el sacrificio del autor (cosa no menor),la veremos crecer en sucesivas ediciones en las que seguro se añadirán más resoluciones sobre más supuestos, aunque con ello se haga crecer el número de casos que dan título a la obra.

Se trata de una obra interesante que, sin duda, cumple con el objetivo que, tanto el autor como la editorial que ha apostado por su publicación, enuncian al señalar que lo que pretenden es ahorrar tiempo al profesional facilitándole (y, sobre todo, evitándole y ahorrándole) buena parte del trabajo que se verían obligados a realizar en la búsqueda de resoluciones judiciales sobre casos similares al que tienen entre manos.

Se trata de un gran trabajo, tanto el del autor como el de la Editorial Jurídica Sepín, que, como tal, merece ser reconocido.

 

 

Ficha técnica

Título: 100 casos ganados por defectos en las notificaciones administrativas

Autor: Julián López Martínez. Abogado

Editorial: Editorial Jurídica Sepín

ISBN: 978-84-1388-251-2

Año: 2023

Páginas: 180

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