Anulación del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento que proclamó Alcalde a concejal que había accedido a esa condición por la excepcional vía de art. 182.2 LOREG sin haber formado parte de la lista electoral votada por los ciudadanos.

Breve comentario a la Sentencia.

La Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional de 23 de mayo de 2013 reconoce el derecho de los recurrentes a la participación política y al acceso en condiciones de igualdad a los cargos y funciones públicas (art. 23.1 y 2 CE) y anula tanto el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cudillero de fecha 27 de marzo de 2013 por la que se proclamaba Alcalde a un Concejal que había adquirido esa condición sin haber concurrido en las listas electorales como la Sentencia de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 6 de mayo de 2013 que desestimaba el recurso contencioso – electoral formulado contra el referido Acuerdo municipal, al tiempo que acuerda retrotraer las actuaciones al momento anterior a la aprobación del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cudillero de fecha 27 de marzo de 2013.

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Jurisprudencia

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