La Sentencia de 8 de abril de 2013 del Juzgado de lo Contencioso – Administrativo número 5 de Granada ha declarado nulo el decreto del Ayuntamiento de Granada por el que se repartió en una bolsa de horas la ampliación de la jornada laboral a 37,5 horas semanales ordenada por el Gobierno de España para el sector público en el caso de la Policía Local.
La sentencia considera que “se aprovecha, en definitiva, el decreto en cuestión para establecer variaciones en la jornada anual, prescindiendo del cauce adecuado, y ello conduce inexorablemente a la estimación de la demanda y a declarar la nulidad del decreto impugnado, en particular el apartado tercero de su resolución referido a la Policía Local”.
Esta resolución es recurrible en apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.